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Circular para arrendatario ocupantes Centro Comercial Miami.

CONFORME A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN SISTEMAS DE VIDEOVIGILANCIA, se les informa a los arrendatarios y ocupantes del Centro Comercial Miami lo siguiente:

 

Conforme a la ley 1581 del año 2012 y sus decretos reglamentarios, el manejo de estos datos se deben observar los principios establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano, esto es, legalidad, final­idad, libertad, calidad o veracidad, seguridad, con­fidencialidad, acceso y circulación restringida, y transparencia.

 

Debido a lo anterior, las imágenes y videos tomadas en las cámaras del Centro Comercial Miami solo pueden ser suministradas a una autoridad Judicial competente que la requiera; porque en ellas se exponen datos personales.

 

Consulte la ley de base de datos en nuestros canales habilitados para ello: página web

 

Así las cosas, cualquier persona que no solicite adecuadamente cualquier información qué se encuentre bajo nuestra custodia, y que no tenga derecho a acceder a dicha información y solicite imágenes o videos tomadas por el circuito de cámaras del Centro Comercial Miami, no tendrá acceso a ellas.

 

 

Atentamente,

                                     

  

JUAN ESTEBAN ALVAREZ RUEDA

ABOGADO MIAMI GROUP S.A.S.

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